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¿Conoces tus obligaciones como dueño de mascotas en Tabasco?

La recién aprobada Ley para la Protección y Cuidado de los Animales en Tabasco contempla una serie de disposiciones que los dueños de mascotas deberán acatar para garantizar su bienestar

Con la aprobación de la Ley para la Protección y Cuidado de los Animales en el Estado de Tabasco, los propietarios de mascotas deberán cumplir con una serie de requisitos que garantice su bienestar o de lo contrario, serán sancionados conforme las disposiciones aplicables en la materia.

En el Capítulo IX de la mencionada ley, el artículo 25 que toda persona física o jurídica colectiva que sea propietario, poseedor, encargado o responsable de animales domésticos, o que realice alguna actividad que involucre su manejo, deberá proveerles y procurarles las condiciones de bienestar establecidas en la Ley y el Reglamento respectivo.

Dueños deberán responder por daños, perjuicios y molestias
Mientras que de acuerdo al artículo 26, los propietarios o poseedores de animales deberán responder por cualquier daño, perjuicio y molestia que ocasione en la calle, a las personas, bienes y entorno en general, a margen del ámbito legal aplicable, y podrá sancionarse en los términos que establecen las leyes.

De igual manera, el propietario o poseedor deberá tener los conocimientos necesarios sobre la sanidad, regulación de vida y desarrollo natural de sus mascotas.

La posesión de animales domésticos estará condicionada a proporcionarle un espacio suficiente para su bienestar y desarrollo, con lo que se evitará que se vulneren los derechos de terceros.

La ley contempla además que los propietarios, poseedores, encargados o responsables de un animal doméstico, deberán inscribirlo en el registro de animales que le corresponda; proporcionar vacunación, desparasitación y demás servicios veterinarios curativos y preventivos de manera oportuna y periódica, a como lo requiera su especie y condición para evitar toda enfermedad transmisible.

El cumplimiento de esta obligación se comprobará con la presentación de la cartella de vacunación o constancia de la última consulta veterinaria.

Cada animal utilizado como mascota o guía, deberá contar con una placa de identificación que portará obligatoriamente.

El dueño tiene la obligación de proporcionar alimentación e hidratación adecuada a su mascota, cuidar de su salud física y evitar exponerlo a condiciones extremas de calor, frío o humedad.

En tanto que los animales que vivan en casa habitación, deberán contr con un espacio adecuado a su especie, raza, tamaño y necesidades específicas.

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